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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le?n da la raz?n a los grupos ecologistas y declara nula la modificaci?n del Plan de Ordenaci?n (PORN) del Parque Regional de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina imposibilitando la instalaci?n de la estaci?n de esqu? en este espacio natural protegido. Los grupos ecologistas solicitan a la Junta de Castilla y Le?n que retire el Plan Regional de San Glorio y elabore un Plan de desarrollo sostenible de la comarca que garantice la mejora de la regi?n
El Tribunal considera que el objetivo prioritario de la designaci?n de un espacio natural y de su PORN tiene que ser el de conservar y proteger los recursos naturales, su vegetaci?n, flora, fauna, gea y paisaje, y aunque reconoce la importancia del desarrollo econ?mico de sus habitantes indica que este no debe hacerse a costa del deterioro de sus valores naturales.

En definitiva el Tribunal considera que la Junta de Castilla y Le?n deber?a haber justificado por qu?, solo 5 años despu?s de aprobar un PORN en el que se consideraban incompatiblen las estaciones de esqu? alpino con la conservaci?n de los valores del espacio natural, se aprueba una modificaci?n en el que se considera compatible. Todo ello, cuando el espacio cuenta con un valor natural excepcional y los grupos ecologistas han presentado informes de m?ltiples expertos de reconocido prestigio demostrando el grave impacto que tendr? sobre el espacio un proyecto de este tipo.

A ra?z de estas sentencias las entidades firmantes de esta nota solicitan a la Junta de Castilla y Le?n que abandone la idea de aprobar este proyecto. De igual modo, creen firmemente que la soluci?n de la Montaña leonesa y palentina pasa por un compromiso por parte de las administraciones p?blicas, que implique una fuerte inversi?n a trav?s de un Plan de Desarrollo Sostenible en esas comarcas de tan alto valor social y ambiental.

As? mismo, es necesario conseguir que exista una poblaci?n asentada en la regi?n, con una adecuada calidad de vida acorde con la situaci?n de nuestro pa?s, que mantenga las pr?cticas agr?colas y ganaderas que han garantizado el alto valor ecol?gico de la zona. Estas organizaciones solicitan la puesta en marcha de un Plan de Desarrollo Sostenible de la Montaña Leonesa y Palentina que conlleve a un fuerte compromiso de inversi?n y que permita el desarrollo de la comarca sin necesidad de proyectos impactantes como el de la estaci?n de esqu? alpino.

Por otra parte, esta medida de este tipo ser?a bienvenida por la poblaci?n local que ahora, de forma circunstancial, apoya el proyecto de estaci?n de esqu? alpino al no tener ninguna otra propuesta que les permita desarrollarse de forma paralela al resto de las comarcas españolas. Las cuatro organizaciones firmantes de esta carta han desarrollado ideas para un Plan de este tipo que ponen a disposici?n de las administraciones para conseguir un desarrollo sostenible de la zona.
Finalmente habr? que revisar, igualmente, todas las ayudas concedidas a la empresa Tres Provincias, SL, de Fondos Miner u otras subvenciones, al haberse otorgado para una actividad prohibida legalmente.


Valoraci?n jur?dica de la sentencia del TSJ sobre la reforma del PORN de la Montaña Palentina


En especial el Tribunal ha considerado que:

1.- No han variado suficientemente las circunstancias medioambientales y socioecon?micas en el espacio natural desde la redacci?n del PORN.
2.- El car?cter excepcional del espacio natural desde el punto de vista geomorfol?gico, paisaj?stico y biol?gico, con especies comprendidas en los Anexos I, II y IV de las Directivas 79/409/CEE y 92/43/CEE y algunas en peligro de extinci?n.
3.- La dudosa viabilidad econ?mica de una estaci?n de esqu? debido a los cambios clim?ticos y las circunstancias f?sicas del espacio.
4.- El objetivo prioritario de la designaci?n de un espacio natural y de su PORN tiene que ser el de conservar y proteger los recursos naturales, su vegetaci?n, flora, fauna, gea y paisaje.
5.- La Junta de Castilla y Le?n no ha cumplido los m?nimos requisitos formales en la modificaci?n del PORN exigidos por las leyes auton?micas y europeas al no evaluar de forma adecuada el impacto que conlleva la decisi?n de permitir la autorizaci?n de estaciones de esqu? alpino en este espacio natural.

La Sentencia, al anular en su integridad las modificaciones del PORN de la Montaña Palentina, impide que las Directrices de Ordenaci?n de ?mbito Subregional para la Montaña Cant?brica Central cuya redacci?n fue adjudicada en julio de 2007 por la Junta de Castilla y Le?n, puedan incluir la construcci?n de una estaci?n de esqu? alpino. La vinculaci?n de estas Directrices al PORN es directa y no puede contravenir la prohibici?n ahora ya vigente de la estaci?n de esqu? alpino. De igual forma, no se podr? iniciar este mes, como ten?a previsto la Junta, la tramitaci?n ambiental del Proyecto de Estaci?n de esqu?, al resultar ahora prohibida por las normas vigentes.

La sentencia supone un nuevo referente en el r?gimen jur?dico de los espacios naturales protegidos y de sus instrumentos de planificaci?n, indicando cu?les son las obligaciones de las Administraciones p?blicas en la ejecuci?n de sus pol?ticas y c?mo el desarrollo socioecon?mico de estas zonas debe encauzarse a trav?s de los instrumentos que prev? la normativa ambiental, con pleno respeto a esos objetivos prioritarios. Por primera vez, al menos de forma tan clara, se hace patente en una sentencia que no existe una contraposici?n entre conservaci?n de recursos naturales y los habitantes de un Espacio Natural. De hecho, es al contrario, lo que se pretende es conservar el patrimonio natural heredado, tal y como señala la Ley de Espacios Naturales de Castilla y Le?n y las Directivas Comunitarias.

La anulaci?n del PORN se fundamenta no s?lo en criterios formales, sino sustantivos, aportando numerosos argumentos apoyados en informes cient?ficos, a los que la Junta de Castilla y Le?n no contrapuso el m?s m?nimo esfuerzo probatorio.

Adena: Rita Rodr?guez 91 354 0578 y Luis Su?rez, 690762458
SEO/BirdLife. Juan Carlos Atienza. 606 35 84 32

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